Incompatibilidades / Compatibilidades
Para aquellos jubilados que deseen reingresar al mercado laboral, en el siguiente cuadro se detallan las actividades que son compatibles e incompatibles con los distintos tipos de jubilación que brinda la Caja de Jubilaciones.
En caso de trabajar, recuerde que si los ingresos totales que va a percibir superan los seis (6) haberes mínimos se verá alcanzado por el art. 58 de la ley 10.694 que establece un aporte solidario de hasta un 20% sobre el o los beneficios que liquida la Caja de Jubilaciones para quienes sean titulares de más de un beneficio previsional o para aquellos que, percibiendo un solo beneficio, cuenten con otros ingresos. Por consultas sobre este tema, ingrese a cidi.cba.gov.ar, seleccione el servicio Caja de Jubilaciones, luego la opción Consultas > Nueva consultas y elija el asunto: “Ley 10.694 – Aporte Art. 58”
TIPO DE JUBILACIÓN:
- ORDINARIA Y MINUSVALÍA
- EDAD AVANZADA
- RETIROS
- INVALIDEZ
DOCENTES O INVESTIGACIÓN
Sí
No, debe optar entre percibir la jubilación o el haber mensual correspondiente.
SíLEY 15284
SíRELACIÓN DE DEPENDENCIA
Sí, pero cobra hasta dos mínimoses decir, se cobra el correspondiente a dos haberes mínimos de la jubilación mientras se mantenga en actividad laboral.
No, debe optar entre percibir la jubilación o el haber mensual correspondiente.
CUENTAPROPISTA
SíLEY 15284
SíRELACIÓN DE DEPENDENCIA
No, debe optar entre percibir la jubilación o el haber mensual correspondiente.
No, debe optar entre percibir la jubilación o el haber mensual correspondiente.
CUENTAPROPISTA
SíDOCENTES O INVESTIGACIÓN
SíLEY 15284
SíRELACIÓN DE DEPENDENCIA
Sí
No, debe optar entre percibir la jubilación o el haber mensual correspondiente.
CUENTAPROPISTA
SíLEY 15284
SíRELACIÓN DE DEPENDENCIA
No
NoCUENTAPROPISTA
Sí
