El Fondo de Subsidio por Fallecimiento es un aporte a través del cual un jubilado, pensionado y/o retirado designa a una o varias personas como beneficiaria/s del subsidio.
Si Ud. es jubilado, pensionado y/o retirado provincial y aún no ha designado a ninguna persona como beneficiaria del Subsidio por Fallecimiento, puede hacerlo de lunes a jueves, de 8 a 16 hs. en las oficinas de la Caja de Jubilaciones ubicadas en calle Alvear 15 (Córdoba Capital), o en la delegación más cercana. Deberá asistir con su documento y fotocopia del/los documento/s del/los beneficiario/s del subsidio, debiendo completar una vez allí el Formulario de Fondo de Subsidio F/30.
Si Ud. es jubilado, pensionado y/o retirado provincial, y desea revocar (modificar) la/s persona/s designadas para percibir el beneficio del subsidio, puede hacerlo de lunes a jueves de 8 a 16 hs. en las oficinas de la Caja de Jubilaciones ubicadas en calle Alvear 15 (Córdoba Capital), o en la delegación más cercana, debiendo completar, una vez allí, el Formulario de Fondo de Subsidio F/30. Al dorso del formulario deberá colocar la siguiente leyenda: "Revoco toda designación realizada con anterioridad a la presente" junto a su firma certificada, aclaración y D.N.I.
Si Ud. es jubilado, pensionado y/o retirado provincial, y desea renunciar al Fondo del Subsidio por Fallecimiento, podrá hacerlo hasta 60 (sesenta) días posteriores a la notificación del Acuerdo de Beneficio. Para ello, deberá presentarse en las oficinas de la Caja de Jubilaciones de calle Alvear 15 (Córdoba Capital) de lunes a jueves de 8 a 16 hs. o en la delegación más cercana, y completar el Formulario de renuncia al fondo del Subsidio F/162.
Si Ud. es una persona designada como beneficiaria del subsidio, y desea realizar el trámite en la ciudad de Córdoba, deberá comunicarse al 0800 888 8222 para pedir un turno, de lo contrario, diríjase a la delegación más cercana. Si Ud. se comunica desde otra provincia, deberá llamar al 0351-5243096.
• 2 copias de la partida de defunción, con original para certificar dichas copias.
• Original y copia de la 1º y 2º hoja del D.N.I. del/os beneficiario/s del subsidio, donde figure el domicilio actualizado del/os mismo/s.
• Constancia de CBU (Clave Bancaria Única) emitida por la sucursal bancaria a fin de cobrar mediante transferencia.
• En el supuesto caso de no existir designación de beneficiario/s del subsidio, se deberá presentar la Resolución acordatoria de pensión derivada de jubilación, o declaratoria de herederos.
• Si el/los beneficiario/s del subsidio no pueden presentarse, deberán realizar un poder especial o autorización ante un Escribano Público, donde se especifique que es para tramitar y cobrar el Subsidio por Fallecimiento de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
• Original y copia de la 1º y 2º hoja del D.N.I. del/os beneficiario/s del subsidio, como así también del apoderado, donde figure el domicilio actualizado del/os mismo/s.
• Un poder especial o autorización ante un Escribano Público, donde se especifique que es para tramitar y cobrar el Subsidio por Fallecimiento de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
• Original y copia de la 1º y 2º hoja del D.N.I. del/os beneficiario/s del Subsidio, donde figure el domicilio actualizado del/os mismo/s.
• Por ser menor el beneficiario del subsidio, el trámite y cobro deberá hacerlo su madre, padre o tutor con partida de nacimiento del menor.
• Por ser discapacitado el beneficiario del subsidio, el trámite y cobro deberá hacerlo un curador. Se deberá presentar la curatela y la aceptación del cargo.
Debe dirigirse de lunes a jueves de 8 a 16 hs. a las oficinas de la Caja de Jubilaciones de calle Alvear 15, Córdoba.
El área encargada de realizar esta tramitación es el Departamento de Subsidios de la Caja de Jubilaciones. Allí se coteja la información brindada por el solicitante con la información existente en los archivos de la Caja y se genera la orden de pago. Luego, el procedimiento administrativo continúa con la autorización del libramiento de fondos.
El plazo, según lo establece la Ley Nº 6.150, es de 10 (diez) días hábiles, desde el inicio del trámite.
Ud. podrá confirmar la fecha de cobro, ingresando al Sistema Unificado de Atención al Ciudadano del Gobierno de Córdoba, colocando el número de sticker que le fue otorgado al iniciar el trámite. En caso de que su trámite figure en el área de Tesorería, significa que su pago está listo para ser retirado.
De lunes a viernes de 8 a 13 hs. en la Tesorería de la Caja de Jubilaciones, ubicada en la planta baja de la sede central (sede central de Av. Colón 97, Córdoba Capital).
El trámite para el cobro del subsidio debe iniciarse hasta 2 (dos) años posteriores al fallecimiento del jubilado, pensionado y/o retirado provincial.
• Toda documentación debe estar certificada sólo cuando no presente la original.
• Únicamente podrán certificar las firmas, los funcionarios autorizados de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, Juez de Paz, Oficiales de Policía, Escribanos con registro, Intendentes Municipales y Directores de Hospitales y Clínicas Nacionales, Provinciales, Municipales o Privadas (en los casos en que el titular del beneficio se encuentre internado en el establecimiento bajo su dirección).
• La certificación se considerará válida por 48 hs. si se extiende en la ciudad de Córdoba o Delegación de la Caja de Jubilaciones; por 72 hs. si se expide en el interior de la provincia de Córdoba; por 5 (cinco) días si se expide en otras provincias.